sábado, 20 de diciembre de 2014

DELITOS DE ODIO

Ante la importante tarea de facilitar una adecuada asistencia policial y protección a las víctimas o testigos de delitos de odio por motivos racistas, antisemitas u otros referentes e ideología, religión o creencias, orientación sexual, enfermedad o discapacidad y otros hechos discriminatorios, se antepone la exigencia de ofrecer, a las personas implicadas, aquella información que sea precisa para actuar ante un incidente de esta índole. Por tanto, resulta ineludible precisar diferentes cuestiones como ¿Qué son los delitos de odio según la legislación española?
La terminología "delitos de odio" se ha acuñado para definir a una categoría de conductas que presentan como factor significativo y común la presencia de un elemento motivador, el odio y la discriminación.
Los delitos de odio son aquellos incidentes que están dirigidos contra una persona motivados por un prejuicio basado en:
  • La discapacidad.
  • La raza, origen étnico o país de procedencia.
  • La religión o las creencias.
  • La orientación e identidad sexual.
  • La situación de exclusión social.
  • Cualquier otra circunstancia o condición social o personal.
Cualquier persona puede ser víctima de un delito de odio, con independencia de que pertenezca al grupo al que va dirigida la hostilidad o prejuicio.
Estas acciones pueden efectuarse contra las personas o la propiedad.